Frente al fallo de Primera Instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “C” de Descongestión, en el cual se exime de responsabilidad a Holcim Colombia S.A.
Frente al fallo de Primera Instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “C” de Descongestión, en el cual se exime de responsabilidad a Holcim Colombia S.A., declarando nulas las Resoluciones expedidas por la SIC, mediante las cuales esta entidad impuso sanciones a la compañía, por supuesta celebración de acuerdos anticompetitivos, Miguel Angel Rubalcava, Presidente Ejecutivo, se permite afirmar que:
- Es satisfactorio conocer que el Tribunal Administrativo acoge los argumentos de Holcim y ordena a la SIC abstenerse de cobrar las sanciones pecuniarias contenidas en los actos administrativos, convirtiéndose esta decisión en un respaldo a la seguridad legal en Colombia para la inversión extranjera, y al comportamiento ético aplicado a todas las unidades de negocio de la compañía que siempre la ha caracterizado a nivel mundial. Esta decisión reafirma el cumplimiento de su política mundial de creación de valor en un ambiente competitivo, promoviendo las prácticas competitivas transparentes y la protección al consumidor.
- Mantendrá su firme decisión de demostrar ante autoridades administrativas y en última instancia ante los estrados judiciales, que no reporta incidentes de corrupción o de realización de prácticas anticompetitivas en el mercado.
- Seguirá trabajando por ofrecer siempre productos de calidad que apoyen las políticas gubernamentales y el desarrollo del país bajo un marco ético que se extiende al accionar frente a sus grupos de interés, clientes y proveedores.